Residencia no lucrativa en España: requisitos y cuánto dinero necesitas en 2026
Vivir en España sin trabajar: medios económicos exigidos (400 % del IPREM), familiares, seguro médico y renovación. Para jubilados, rentistas y familias que se mudan con ahorros.
Escrito y revisado por Scarlett Ortega Rodríguez, abogada colegiada n.º 142814 · Actualizado el 26 de octubre de 2026
La residencia no lucrativa permite vivir en España sin trabajar, con tus propios recursos. El Reglamento exige al menos el 400 % del IPREM al mes para el titular, que con el IPREM vigente (600 €) son 2.400 € al mes, 28.800 € al año, y un 100 % del IPREM (600 € al mes) más por cada familiar a tu cargo. Se pide desde el consulado antes de venir.
Datos clave
| Norma | Reglamento de extranjería (RD 1155/2024), art. 62 |
|---|---|
| Titular | 400 % del IPREM: 2.400 €/mes · 28.800 €/año |
| Cada familiar a cargo | +100 % del IPREM: 600 €/mes · 7.200 €/año |
| Trabajar | No permite trabajar por cuenta propia ni ajena |
| Dónde se pide | Visado en el consulado español de tu país de residencia |
Para quién es
Para quien quiere vivir en España con ahorros, una pensión o rentas, sin trabajar aquí: jubilados, personas con ingresos pasivos o familias que se mudan con un colchón económico. Es uno de los permisos más habituales entre ciudadanos rusos y ucranianos con patrimonio.
Cuánto dinero necesitas
El artículo 62 del Reglamento fija los mínimos en función del IPREM, que sigue en 600 € al mes porque los presupuestos de 2023 continúan prorrogados.
| Unidad familiar | Mínimo al mes | Mínimo al año |
|---|---|---|
| Solo el titular | 2.400 € | 28.800 € |
| Titular + 1 familiar | 3.000 € | 36.000 € |
| Titular + 2 familiares | 3.600 € | 43.200 € |
Se pueden acreditar con ingresos periódicos o con medios suficientes para todo el periodo de residencia. Además de la cifra, se revisa de dónde vienen los fondos: conviene tenerlo documentado.
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Qué más te piden
- Seguro médico con una aseguradora autorizada en España.
- Certificado de antecedentes penales, apostillado y traducido.
- Certificado médico.
- Pasaporte con vigencia suficiente.
La renovación
Al renovar se vuelven a comprobar los medios económicos (artículo 64 del Reglamento) y que has vivido en España. Si quieres empezar a trabajar más adelante, existe la vía de la modificación a otro permiso: no la improvises, consúltala antes.
Preguntas frecuentes
¿Puedo trabajar con la residencia no lucrativa?
No, ni por cuenta ajena ni por cuenta propia. Para trabajar hay que pasar a otro permiso.
¿Puedo pedirla estando ya en España?
Normalmente se solicita el visado en el consulado español del país donde resides legalmente.
¿Sirve dinero en un banco fuera de España?
Sí, si se acredita y está disponible. Lo importante es probar la cantidad y su origen.
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Fuentes oficiales
- Real Decreto 1155/2024, Reglamento de extranjería — BOE
- Ley 31/2022, Presupuestos Generales del Estado (IPREM de 600 €/mes, vigente por prórroga) — BOE
Esta guía es informativa y no sustituye el estudio de tu caso.
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