Licencias turísticas y alquiler

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Licencias turísticas y alquiler

Alquilar tu vivienda a turistas o a inquilinos es rentable si se hace dentro de la ley. Comprobamos si tu piso puede ser turístico, tramitamos los registros y te defendemos si un inquilino no paga.

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Si hay una forma de ganar, la encontraré.
1500+casos llevados
88 %de casos con resultado favorable
7años ejerciendo

Qué incluye

  • Estudio previo: si tu vivienda puede destinarse a uso turístico según las normas del Ayuntamiento de Madrid
  • Declaración responsable e inscripción en el registro de viviendas de uso turístico de la Comunidad de Madrid
  • Número de registro único de arrendamientos que piden Airbnb y Booking
  • Revisión de los estatutos y del acuerdo de la comunidad de propietarios
  • Contratos de alquiler de vivienda y de temporada
  • Impagos, desahucios y ocupaciones

Documentos que te suelen pedir

Licencias turísticas y alquiler

Cada caso es distinto: en la consulta te damos la lista exacta, por escrito.

  • Escritura o nota simple de la vivienda
  • Referencia catastral
  • Estatutos y actas de la comunidad de propietarios
  • Cédula de habitabilidad o certificado equivalente
  • Contrato de alquiler y recibos impagados, si hay un impago

Cómo trabajo

Tú aportas los documentos. El resto lo hacemos nosotros.

01

Consulta

Estudiamos tu situación y las opciones que tienes. Te decimos la verdad, también si no hay vía.

02

Lista por escrito

Recibes qué documentos hacen falta, por qué y un presupuesto cerrado antes de empezar.

03

Presentación

Preparamos y presentamos todo en tu nombre y te acompañamos hasta que tengas la tarjeta en la mano.

Preguntas frecuentes

Licencias turísticas y alquiler

¿Cualquier piso puede ser turístico en Madrid?

No. Las normas urbanísticas del Ayuntamiento limitan mucho dónde se permite, sobre todo en el centro, y la comunidad de propietarios también tiene que permitirlo. Lo comprobamos antes de que inviertas.

¿Qué pasa si alquilo sin registro?

Las plataformas retiran los anuncios sin número válido y la Administración puede multar.

Mi inquilino no paga, ¿qué hago?

Lo primero es un requerimiento formal y, si no paga, la demanda de desahucio. Cuanto antes se empieza, menos se pierde.

Cuéntanos tu caso. Si hay una salida, la encontramos.

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