Residencia de larga duración: qué es y cómo conseguirla tras 5 años en España
Requisitos de la residencia de larga duración: cinco años de residencia legal, ausencias permitidas y diferencias entre la nacional y la de la UE.
Escrito y revisado por Scarlett Ortega Rodríguez, abogada colegiada n.º 142814 · Actualizado el 26 de octubre de 2026
Después de cinco años de residencia legal y continuada en España puedes pedir la residencia de larga duración: ya no tendrás que renovar tu permiso cada pocos años y podrás vivir y trabajar en igualdad de condiciones. Las ausencias no rompen la continuidad si no superan seis meses seguidos ni diez meses en total en esos cinco años.
Datos clave
| Norma | Reglamento de extranjería, arts. 175 a 185 |
|---|---|
| Tiempo | 5 años de residencia legal y continuada |
| Ausencias permitidas | Hasta 6 meses seguidos y 10 meses en total |
| Ausencias por trabajo | Hasta 18 meses en total |
| Tipos | Larga duración nacional y larga duración-UE |
Dos tipos de larga duración
| Tipo | Qué aporta |
|---|---|
| Larga duración nacional (art. 183) | Residir y trabajar en España indefinidamente |
| Larga duración-UE (art. 176) | Lo mismo, y además facilita residir en otros países de la UE; exige también recursos suficientes y seguro médico |
Cómo se cuentan los cinco años
Tienen que ser años de residencia legal. Para la larga duración-UE, el tiempo como estudiante cuenta al 50 % si al pedirla ya estás en situación de residencia (artículo 176).
Las ausencias de hasta seis meses seguidos no rompen la continuidad mientras no sumen más de diez meses en los cinco años; si son por trabajo, el límite total es de dieciocho meses (artículo 183).
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Qué cambia cuando la tienes
- Dejas de renovar el permiso: solo renuevas la tarjeta.
- Puedes trabajar por cuenta propia o ajena sin trámites adicionales.
- Es un paso firme hacia la nacionalidad española.
Errores frecuentes
- Contar años con huecos sin residencia legal.
- Viajes largos que superan los límites de ausencia.
- Deudas pendientes con Hacienda o la Seguridad Social.
Preguntas frecuentes
¿Cuenta el tiempo con protección temporal?
Depende de cómo se documente y de la continuidad. Lo revisamos con tu historial de permisos.
¿Puedo perderla?
Sí, por ausencias muy prolongadas o por otras causas de extinción que prevé el Reglamento (artículo 201).
¿Es lo mismo que la nacionalidad?
No. Sigues siendo extranjero; la nacionalidad es otro procedimiento con sus propios requisitos.
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Fuentes oficiales
Esta guía es informativa y no sustituye el estudio de tu caso.
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